Cuando
tomamos la decisión de comprar vivienda, lo primero que hacemos es buscar
online. En definitiva, no podemos ver y menos visitar propiedades sin saber
cual es nuestra situación frente al proceso de comprar para el cierre
inmobiliario.
Lo
cual hemos mencionado a lo largo de estas cuatro entregas. Hoy veremos los costos
de cierre para que nos reconozcan como propietarios.
Este
es el documento que nos acreditara como propietarios de la vivienda, la cual
debe ser presentada ante la oficina de registro de la ciudad donde realizamos
la compra.
La
legalidad de este documento es cuando firmamos las partes que intervenimos en
la compra que son, el vendedor, el comprador y la entidad que eleva la Hipoteca.
Una vez firmada por estas personas ante notario, se procede a llevar a Oficina
de Registro, para oficializar la titularidad del inmueble, reflejándose en el
Certificado de Tradición y Libertad.
Debemos
tener presente que, al momento de solicitar la escrituración que solemniza la
promesa de compraventa, debemos presentar, certificado de tradición, promesa de
compraventa, los documentos de identidad de las partes, paz y salvo de
valorizaciones, prediales y administración si la vivienda está en el régimen de
propiedad horizontal.
Este
es el derecho real de garantía, que tiene entidad financiera que nos permitió
obtener el dinero para el cierre financiero de la vivienda. Esta garantía esta
sujeta a unas condiciones pactas sobre el préstamo que realizamos.
Hasta
el momento creemos conocer como funciona una hipoteca inmobiliaria, pero las
políticas de está, las podemos resumir en que, es nuestra vivienda el respaldo
que garantice el pago adeudado.
Por
lo anterior, la entidad financiera debe dar su aval para programar la firma de
la escritura, después de haber pasado la vivienda por el proceso de legalización
del financiamiento, el estudio de títulos y el avaluó que realiza la entidad.
La
constitución de la Hipoteca tiene un costo, el cual asumimos nosotros al
momento de realizar la compra de la vivienda.
Existe
un mito sobre estos gastos notariales. En las promesas de compraventa, se
expresa en una cláusula, estos son asumidos en partes iguales, llevándonos a pensar
equivocadamente lo que tenemos que realmente cancelar las partes.
Los
gastos notariales existen en toda transacción inmobiliaria, por lo que debemos
tener presente que, adquirir una vivienda va más allá del precio de cierre que
pactamos con el vendedor.
Estos
costos son asumidos por ambas partes, así que debemos dejar la emoción del
cierre y tener la disponibilidad de tiempo y dinero para el día de la firma en
la notaria.
Como
mencionamos en la Hipoteca, el estudio de títulos y avaluó nos corresponden como
compradores, cancelarlos a la entidad financiera. Esto es a parte del valor de
la constitución de la hipoteca, el que cancelamos al momento de la
escrituración, siendo un valor equivale al 0.35% del valor de adquisición de la
vivienda.
Ahora
que cancelamos en partes iguales. Son los gastos notariales que corresponde tanto
el vendedor como nosotros, este dinero se calcula del 0.54% sobre el valor de
venta de la propiedad.
Además,
se debe cancelar la Retención en la fuente que le corresponde al vendedor,
siendo el 1% del valor del cierre. Por la otra parte a nosotros nos corresponde
cancelar, el registro de la escritura publica en la oficina de registro, siendo
aproximadamente el 1.67% del valor de compra.
En
resumen, El vendedor debe cancelar 1.27% del valor de la venta, mientras
nosotros cancelaremos 2.02% aproximadamente.
Para
finalizar, analizando los gastos del cierre de la compra de vivienda, podemos
conseguir excelentes resultados en las negociaciones, para no sentir que
nuestra billetera se sienta reducida.
Por
lo que hay que usar la lógica y la observación, tratando de visualizar de
antemano como nos vamos a desenvolver en el proceso de compra de vivienda.
Comenzando por el e-book Guia Para Compradores de Vivienda, donde conoceremos
por encima todo el proceso de compra de vivienda.