Cuando tomamos la decisión de comprar vivienda, lo primero que hacemos es buscar online. En definitiva, no podemos ver y menos visitar propiedades sin saber cual es nuestra situación frente al proceso de comprar para el cierre inmobiliario.


Lo cual hemos mencionado a lo largo de estas cuatro entregas. Hoy veremos los costos de cierre para que nos reconozcan como propietarios.



Este es el documento que nos acreditara como propietarios de la vivienda, la cual debe ser presentada ante la oficina de registro de la ciudad donde realizamos la compra.


La legalidad de este documento es cuando firmamos las partes que intervenimos en la compra que son, el vendedor, el comprador y la entidad que eleva la Hipoteca. Una vez firmada por estas personas ante notario, se procede a llevar a Oficina de Registro, para oficializar la titularidad del inmueble, reflejándose en el Certificado de Tradición y Libertad.


Debemos tener presente que, al momento de solicitar la escrituración que solemniza la promesa de compraventa, debemos presentar, certificado de tradición, promesa de compraventa, los documentos de identidad de las partes, paz y salvo de valorizaciones, prediales y administración si la vivienda está en el régimen de propiedad horizontal.

 


Este es el derecho real de garantía, que tiene entidad financiera que nos permitió obtener el dinero para el cierre financiero de la vivienda. Esta garantía esta sujeta a unas condiciones pactas sobre el préstamo que realizamos.


Hasta el momento creemos conocer como funciona una hipoteca inmobiliaria, pero las políticas de está, las podemos resumir en que, es nuestra vivienda el respaldo que garantice el pago adeudado.


Por lo anterior, la entidad financiera debe dar su aval para programar la firma de la escritura, después de haber pasado la vivienda por el proceso de legalización del financiamiento, el estudio de títulos y el avaluó que realiza la entidad.


La constitución de la Hipoteca tiene un costo, el cual asumimos nosotros al momento de realizar la compra de la vivienda.



Existe un mito sobre estos gastos notariales. En las promesas de compraventa, se expresa en una cláusula, estos son asumidos en partes iguales, llevándonos a pensar equivocadamente lo que tenemos que realmente cancelar las partes.


Los gastos notariales existen en toda transacción inmobiliaria, por lo que debemos tener presente que, adquirir una vivienda va más allá del precio de cierre que pactamos con el vendedor.


Estos costos son asumidos por ambas partes, así que debemos dejar la emoción del cierre y tener la disponibilidad de tiempo y dinero para el día de la firma en la notaria.


Como mencionamos en la Hipoteca, el estudio de títulos y avaluó nos corresponden como compradores, cancelarlos a la entidad financiera. Esto es a parte del valor de la constitución de la hipoteca, el que cancelamos al momento de la escrituración, siendo un valor equivale al 0.35% del valor de adquisición de la vivienda.


Ahora que cancelamos en partes iguales. Son los gastos notariales que corresponde tanto el vendedor como nosotros, este dinero se calcula del 0.54% sobre el valor de venta de la propiedad.


Además, se debe cancelar la Retención en la fuente que le corresponde al vendedor, siendo el 1% del valor del cierre. Por la otra parte a nosotros nos corresponde cancelar, el registro de la escritura publica en la oficina de registro, siendo aproximadamente el 1.67% del valor de compra.


En resumen, El vendedor debe cancelar 1.27% del valor de la venta, mientras nosotros cancelaremos 2.02% aproximadamente.


Para finalizar, analizando los gastos del cierre de la compra de vivienda, podemos conseguir excelentes resultados en las negociaciones, para no sentir que nuestra billetera se sienta reducida.


Por lo que hay que usar la lógica y la observación, tratando de visualizar de antemano como nos vamos a desenvolver en el proceso de compra de vivienda. Comenzando por el e-book Guia Para Compradores de Vivienda, donde conoceremos por encima todo el proceso de compra de vivienda.






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